Plazo excepcional para la regularización de obras ejecutadas sin permiso de construcción

A través de la resolución Nº 03033/2020 -en función del Decreto Nº 4021/2020-, se establece como plazo excepcional el 25 de noviembre del corriente año para regularizar las obras ejecutadas sin permiso de construcción en el departamento de Maldonado -las cuales hayan sido iniciadas hasta el 31 de diciembre de 2014-.

Cada caso será analizado por los servicios técnicos de acuerdo a los criterios básicos que se establecen en el Decreto Nº 4010/2019 y pasarán a la Junta Departamental de Maldonado si correspondiera por razones de juridicidad. En tanto, la IDM instrumentará para este tipo de casos previstos un trámite único de albañilería y sanitaria. Dentro del plazo previsto fijado, el propietario -promitente comprador o poseedor debidamente legitimado- deberá presentar la solicitud a través del correspondiente formulario, al tiempo que tendrá que cumplir con los siguientes requisitos en un plazo máximo de seis meses a partir del ingreso del trámite: 

  • Firma de técnico registrado ante la Administración.
  • Documento que acredite situación regular de pagos de tributos inmobiliarios ante la Intendencia de Maldonado.
  • Certificado técnico que informe sobre antigüedad de las construcciones y certificado notarial referido a la calidad invocada.
  • Recaudos gráficos correspondientes, según lo establecido en el Artículo Nº 9 del Decreto Departamental Nº 3718/1997.

Se aclara que el NO cumplimiento de los requisitos antes referidos, hará perder todo derecho del interesado para acogerse al presente Decreto Departamental.

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